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1. Edad del Trabajador: Pueden emplearse bajo el contrato de formación a trabajadores mayores de 16 años y menores de 30. Si bien este límite se reducirá a los 25 años en el momento en el que la tasa de desempleo en España se sitúe por debajo del 15%.
El límite de edad de los contratos de formación no se aplica en el caso de contratación de personas discapacitadas, con un grado mínimo del 33% de discapacidad, ni de personas en situación de exclusión social siempre que les contrate una empresa de inserción social.
En estos links podréis consultar en detalle la regulación vigente en nuestro país respecto a la contratación de estos colectivos protegidos:
2. Cualificación profesional: Para poder acogerse al contrato de formación, los trabajadores deberán carecer de una titulación oficial / reglada para el puesto de trabajo a desempeñar.
3. Actividad laboral: No podremos contratar a trabajadores que hayan desempeñado anteriormente en la misma empresa y por un tiempo superior a 12 meses el puesto de trabajo para el que se le quiere contratar. Para realizar un contrato de formación, se le debe contratar en una ocupación diferente.
4. Duración: Los trabajadores no deberán haber agotado la duración máxima establecida para los contratos de formación (3 años) en una relación laboral anterior, en la misma o distinta empresa y en la misma ocupación. Si es el caso, se puede realizar un contrato de formación en una ocupación diferente.
5. Jornada: En cuanto a la jornada laboral, el contrato de formación es un contrato a tiempo completo, que no permite contratar bajo condiciones de trabajo con nocturnidad o a turnos.
6. Formación: La formación ofrecida a los trabajadores empleados bajo contratos de formación deberá ser ofrecida siempre por centros formativos autorizados y/u homologados por el SEPE, tanto para impartir la formación específica del puesto como para impartir formación de Certificados de Profesionalidad. Estos centros pueden ser empresas de formación externas homologadas o bien nuestra propia empresa, tras acreditarse como centro formativo homologado.
Más información sobre contratos de formación, acreditación de las empresas como centros formativos homologados y asesoría de recursos humanos en www.necesitasformacion.com
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